Un perrito siempre es buena compañía y el cariño que provocan es difícil de medir. Para muchas personas, ese amor incondicional incluso significa algo mucho más intenso que cualquier relación con otro ser humano. Ahora, una mujer en Nuevo León llevó ese sentimiento al ámbito legal.

Ella recurrió a las autoridades civiles para registrar a su lomito con sus apellidos, pero no logró cumplir su objetivo. Las instancias legales denegaron la petición y explicaron por qué el trámite no podía llevarse a cabo.

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La mujer y su perrito acuden a los tribunales

En los recientes días se reportó el caso de una mujer que hizo lo posible por adoptar legalmente a su perro llamado Octavio. El objetivo de ella era que el animalito recibiera sus apellidos -los cuales no fueron revelados por las autoridades-. 

De acuerdo con lo que señala El Universal, la mujer presentó un escrito de diligencias de Jurisdicción Voluntaria. Sin embargo, en primer instancia, el Juez Segundo de lo Familiar que la atendió rechazó las petición inicial de la mujer. ¿La causa? El Código Civil en Nuevo León y las leyes en México especifican que la adopción solo se puede hacer entre personas.

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Aplican otro recurso

Tras la negación aquel juez, la mujer solicitó un amparo en el que señaló que tiene derecho de considerar a Octavio como miembro legal de su familia. Además señaló que el animalito debería ser protegido conforme a la ley, pues consideraba que los lineamientos de protección animal en el Estado y en México eran insuficientes para resguardar la integridad de Octavio.

En esta ocasión, fue un Juez de Distrito en Materia Civil quien desechó la petición bajo el mismo argumento que dio su colega previamente. La mujer argumentó entonces que la decisión de la autoridad vulneraba su derecho al libre desarrollo de la personalidad, pero el Juez de Distrito comentó que el hecho de no poder adoptar legalmente al perrito no le impide que lo cuide como miembro de su familia.

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“[La decisión del juez] no le impide ejercer el derecho a decidir sobre la posesión o no de la mascota y, en segundo lugar, dicha pretensión individual de adoptar por la vía civil al canino no se encuentra protegida por tal derecho… El derecho civil sólo contempla la adopción de personas”, dijo la autoridad.

Nuevamente, la dueña de Octavio contestó que el impedimento de los jueces la privaba de su derecho a la salud mental, sometiéndola a crueldad emocional. El juez rechazó la acusación explicando que el Estado protege la salud de los gobernados a través del desarrollo de políticas públicas, por lo que el rechazó del amparo solicitado no vulneraba la salud mental de la mujer.  

Tú qué piensas. ¿La mujer está en su derecho a darle sus apellidos a su perrito o es ya un asunto llevado al extremo? Este, como muchos otros casos, abre el debate sobre la amplitud del marco jurídico en cuanto a las leyes animales. Por ahora, el peludo Octavio no tendrá los apellidos de su dueña.

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Editor de Música en Sopitas.com; a veces escribo y hablo de otras cosas. Egresado de FES Aragón UNAM. Los gatos y la música son necesidad absoluta.

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