Como cada seis años, debido al cambio de Presidencia, este 1º de diciembre será día de asueto obligatorio, según lo que marca la Ley Federal del Trabajo. Sin embargo, sabemos que para muchos esto será imposible. Si te toca trabajar, debes saber que tu jefe está obligado a pagarte el triple de tu salario diario. 

Según la fracción VII del Artículo 74 de la LFT, tu patrón está obligado a pagarte lo correspondiente este 1 de diciembre:

“Son días de descanso obligatorio (…) VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal”.

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Pero si te toca trabajar, no te sientas tan mal, pues tu esfuerzo deberá ser recompensado con el pago de un salario doble adicional. Así lo establece la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 75:

“Los  trabajadores  quedarán  obligados  a  prestar  los  servicios  y  tendrán  derecho a  que  se  les  pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario  doble  por el servicio prestado”, en otras palabras, tu patrón debe pagarte el triple por ese día de trabajo.

Peeeero, si por alguna razón tu patrón no quiere pagarte esa cantidad (lo sabemos, hay jefes muy mala leche), puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o llamar a los números 01800 911 7877 y 01 800 717 2942, donde algún ejecutivo te orientará de manera gratuita para que sepas qué debes hacer en caso de que no quieran pagarte lo que por ley te corresponde.

Esto no aplica únicamente para este 1 de diciembre, de hecho, es igual para los otros días de asueto obligatorios. Si no sabes cuáles son te dejamos a continuación los que corresponden al próximo año:

  • 1º de enero por Año Nuevo
  • Primer lunes de febrero en conmemoración del Día de la Constitución (5 de febrero)
  • Tercer lunes de marzo en conmemoración del natalicio de Benito Juárez (21 de marzo),
  • 1 de mayo por el Día del Trabajo,
  • 16 de septiembre por la Independencia de México,
  • Tercer lunes de noviembre en conmemoración del Día de la Revolución Mexicana (20 de noviembre)
  • 25 de diciembre por Navidad.

Si quieres saber más sobre tu derecho y lo que te corresponde como trabajador, puedes consultar directamente la Ley Federal del Trabajo AQUÍ.

Todo lo que no sabías que necesitas saber lo encuentras en Sopitas.com

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