Muy pero muy buenas noticias para Nuevo León. Recientemente el Congreso de Nuevo León aprobó una reforma al Código Penal local para castigar con hasta 5 años de prisión a quien obligue a una persona a tomar una terapia de conversión.
Acá te contamos de qué va la nueva reforma.
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Sin terapias de conversión en Nuevo León
El pleno del Congreso aprobó por unanimidad moverle al artículo 204 del Código Penal de Nuevo León para imponer sanciones de entre 2 y 5 años a quien obligue o engañe a una persona para que vaya a terapia de conversión.
Las terapias de conversión son reconocidas como sesiones psicológicas, psiquiátricas o métodos/tratamientos que tengan como objetivo anular, modificar, obstaculizar o hacer menos la orientación sexual o la identidad de género contra su voluntad. Esto incluye los actos que utilizan violencia física o psicoemocional.
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Los diputados locales explicaron que estos actos van en contra de la dignidad de las personas y violan los derechos humanos.
A pesar de que son muy pero muy graves, la mayor parte de las veces no son denunciados por las víctimas por temor a la discriminación, por la culpa y por la presión social.
A nivel nacional el pasado 11 de octubre el Senado aprobó la eliminación de las terapias de conversión. Pasaron 4 años para que el dictamen subiera al pleno.
La idea es imponer de 2 a 6 años de prisión, así como una multa de casi 200 mil pesos, para quien “realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”.
Pero aún falta el visto bueno de la Cámara de Diputados.