Díganle adiós a las piñatas, al ponche y a esos sándwiches que solo tienen una rebanada de jamón y otra de queso: Las autoridades de la Ciudad de México, por medio de la Gaceta Oficial, dieron a conocer que se podrá multar a quienes organicen fiestas o posadas durante estas fechas e incumplan las medidas sanitarias que se establecieron por la pandemia de COVID-19.
¿Qué establece la Gaceta Oficial de la CDMX?
En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México Bis número 487, que compartió la Consejería capitalina, se puede leer dentro del “Trigésimo Tercer Aviso por el que se da a conocer el color del Semáforo Epidemiológico de la Ciudad de México”, sobre estas multas a quienes lleven a cabo fiestas en este mes de diciembre.
Gaceta Oficial bis 04-12-2020. Trigésimo Tercer Aviso de Semáforo Epidemiológico y medidas a observarse; Décimo Primer Acuerdo de suspensión de términos y plazos de procedimientos, trámites y servicios de la Administración Pública.https://t.co/niCAXRpFPn pic.twitter.com/TON2VRPTKj
— ConsejeríaCDMX (@CDMXConsejeria) December 5, 2020
Sí, se señala que las Administraciones y Comités de Vigilancia de las unidades habitacionales y condominios deberán permitir el acceso a las autoridades para conminar a dejar de realizar las actividades que incumplan las medidas sanitarias, siempre que lo soliciten los vecinos.
¿De cuánto serán las multas a quienes organicen fiestas?
La Gaceta Oficial señala que quienes no hagan caso a esta disposición, los sancionará la Procuraduría Social de la Ciudad de México en los términos de la ley en la materia; es decir, de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
Según la titular de la Procuraduría Social, Patricia Ruíz Anchondo, en entrevista con Expansión Política, esta dependencia podrá aplicar multas de 10 a 100 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quienes organicen fiestas de más de diez personas, lo que equivale a entre 868 pesos hasta ocho mil 688 pesos; dicha sanción se duplicará cuando la falta se repita una segunda vez o más, de acuerdo al Artículo 87.
Eso sí, las autoridades solamente podrán intervenir siempre y cuando uno de los residentes del conjunto habitacional reporten estos eventos al 911. Así es; las denuncias las atenderán en coordinación con la Secretaría de Seguridad Ciudadana capitalina.